Pasar curso sin aprobar
La Ley de Calidad obligaba a repetir curso a quienes suspendieran tres o más asignaturas, y establecía el examen de recuperación en septiembre. La LOE lo ha suprimido, y limita el número de veces que se puede repetir curso de ESO a dos, por lo que se pueden pasar otros dos cursos sin necesidad de aprobar una asignatura más.
La Ley de Calidad establecía distintos itinerarios a partir de tercero de la ESO, que la LOE ha suprimido. La LOCE también abría la posibilidad de que los centros se especializaran curricularmente, lo que abriría una posibilidad de mejorar la enseñanza en distintos aspectos que pudieran aprovechar mejor las cualidades de los alumnos (arte, idiomas, educación física...), ampliando las opciones de educación. La ley socialista lo suprime, siempre bajo el paraguas ideológico de igual modelo para todo el mundo.
Este igualitarismo entre los centros, que impide un mejor aprovechamiento de las cualidades de los alumnos y limita su capacidad de elección, contrasta con una decidida apuesta de la LOE por crear de hecho diecisiete sistemas educativos diferentes. Esto ocurre porque la Ley de Calidad establecía un mínimo de enseñanzas básicas reguladas por el Ministerio, del 55 por ciento para las comunidades con dos lenguas oficiales, y del 65 por ciento para el resto, mientras que la nueva ley convierte esos mínimos en máximos. Ninguna comunidad podrá superar esos porcentajes en las enseñanzas reguladas por el ministerio, y podrán establecer el suyo propio completamente diferentes a las de las demás comunidades.
Sin evaluación externa
Otra de las grandes diferencias entre ambas leyes se refiere a la evaluación externa. Mientras que la Ley de Calidad preveía pruebas externas al final de cada ciclo (primaria, secundaria obligatoria y bachillerato), la LOE las elimina incluso en el caso del bachillerato, lo que deja a España como un caso único en Europa, lo que compromete la homologación del título español en otros países de la UE.
La Ley de Calidad proponía que los alumnos de 15 años pudieran terminar la enseñanza secundaria obligatoria, para empezar un programa de iniciación profesional, algo que ha suprimido la LOE. Por otro lado, con la nueva ley los estudiantes no podrán comenzar la FP si no tienen los 16 años cumplidos, de modo que un estudiante que vaya a curso por año no podrá acceder a la FP; le obliga a repetir curso o a fracasar para llegar a la Formación Profesional.
Por otra parte, la LOCE preveía que, con carácter excepcional, los centros pudieran expulsar a los alumnos a partir de los 16 años cuando su actitud supusiera una grave molestia para sus compañeros y para el avance de la clase. La LOE impide que se pueda echar a cualquier alumno no importa su actitud hasta los 18 años. La LOCE daba mayor poder a las Administraciones autonómicas para elegir al director, y con la nueva ley esto cambia en favor del Consejo Escolar de cada centro.
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